thumb|El Escudo de El Salvador ostenta un triángulo equilátero que representa los tres poderes del gobierno: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La República de El Salvador es un estado unitario y soberano desde el 2 de febrero de 1841, y su soberanía reside en el pueblo. Su Constitución establece un gobierno republicano, democráticamente representativo, laico y presidencialista pleno. El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo ante el gobierno. Consecuentemente, la existencia de un partido único oficial es incompatible con el sistema democrático y con la forma de gobierno consignados en la carta magna.

El poder público emana del pueblo. Los funcionarios del gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les otorga la ley. Los órganos fundamentales son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Cada uno de ellos tiene sus funciones definidas y sus decisiones son independientes uno del otro.

El Estado salvadoreño cuenta, además, con instituciones gubernamentales que vigilan, apoyan y controlan las decisiones del mismo. Entre estas instituciones se pueden mencionar: el Ministerio Público, los órganos de control y los gobiernos locales. Cada uno tiene sus propias políticas de elección de sus miembros y disponen de independencia, establecida por la Constitución. El sistema de elecciones es dirigido y supervisado por el Tribunal Supremo Electoral, el ente que según la Constitución tiene la obligación de establecer la normativa para el ejercicio eleccionario salvadoreño.

Órganos del Estado

El Salvador, como sucede en todas las democracias, mantiene una separación de poderes.

El Órgano Legislativo es la Asamblea Legislativa de El Salvador, El Órgano Ejecutivo tiene como titular al presidente de El Salvador, y el Órgano Judicial es la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.

El Órgano Legislativo (OL)

Elección de cargos Para ser diputado se requiere ser mayor de 25 años, salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, de notoria honradez e instrucción, y no haber perdido los derechos de ciudadano en los cinco años anteriores a la elección. El mandato se establece en 3 años y pueden ser reelegidos.

A partir de 2023, sus escaños son asignados mediante el sistema D'Hondt (que se queda con los cocientes obtenidos en la votación), en lugar del sistema Hare (de cocientes y residuos) que se usaba con anterioridad.

El Órgano Ejecutivo (OE)

El gobierno, en sentido estricto, es decir la autoridad de mando que ejecuta las decisiones del Estado, está representado por el Ejecutivo. Su titular es el Presidente de la República. Además desarrolla algunos actos mediante un Consejo de Ministros, del que forma parte junto con todos los representantes de cada Secretaría de Estado y el vicepresidente de la República.

Se afirma que el sistema salvadoreño es presidencialista, pues los actos de dirección de la política interna y externa son atribuciones del Presidente de la República, con limitada intervención de la Asamblea Legislativa. Si bien existe un Consejo de Ministros que decide sobre algunas cuestiones trascendentales, éste se encuentra formado por subordinados del jefe del Ejecutivo, a los que este órgano puede remover a discreción. Excepcionalmente, tratándose de ministros a quienes corresponda la seguridad pública o la inteligencia de Estado, y en casos de graves violaciones a los derechos humanos, la Asamblea Legislativa puede recomendar al Presidente de la República, con carácter obligatorio, la destitución de dichos funcionarios. El vicepresidente de la República sólo puede ser removido por la Asamblea Legislativa en situaciones expresamente determinadas por la Constitución. Elección de cargos El Presidente de la República sólo puede llegar al cargo si es designado candidato por un partido político legalmente inscrito en el Tribunal Supremo Electoral y vence en las elecciones presidenciales. Para optar a la presidencia se requiere ser salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, estado seglar, mayor de treinta años de edad, de moralidad e instrucción notorias, estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores a la elección. El período presidencial es de cinco años y comenzará —y terminará— el día 1 de junio. No puede haber reelección en períodos consecutivos. El presidente y vicepresidente de la República son electos de la misma manera.

Los ministros son elegidos directamente por el presidente de la República. Todos ellos se reúnen con el presidente y el vicepresidente de la República en un Consejo de Ministros. Corresponde al presidente nombrar, aceptar renuncias y conceder licencias a los ministros y viceministros de Estado, así como al jefe de la Seguridad Pública y al Jefe de la Inteligencia del Estado, pudiendo también removerlos.

Funciones Como atribuciones y obligaciones del Presidente de la República se señalan: Procurar la armonía social y conservar la paz y tranquilidad del país, Celebrar tratados y convenios internacionales, someterlos a la ratificación de la Asamblea Legislativa y vigilar su cumplimiento, Dirigir las relaciones exteriores, Dar a la Asamblea Legislativa los informes que esta le pida excepto si se tratara de planes secretos de carácter militar. Sanciona, promulga y publica las leyes y las hace ejecutar, Proporciona a los funcionarios del orden judicial los auxilios que necesitan para hacer efectivas sus providencias, Conmuta penas previo informe y dictamen favorable de la Corte Suprema de Justicia, Dirige la guerra y hace la paz, y somete inmediatamente a la ratificación de la Asamblea Legislativa cualquier tratado que celebre. El Presidente de la República decreta los reglamentos que fueran necesarios para facilitar y asegurar la aplicación de las leyes cuya ejecución le corresponda.

El Presidente de la República es el comandante general de la Fuerza Armada, la cual forma parte del órgano Ejecutivo. También los demás órganos fundamentales del Estado, es decir el Legislativo y el Judicial, pueden disponer de la Fuerza Armada para hacer efectivas las disposiciones que hayan adoptado.

Para la gestión de las funciones públicas que corresponde al Ejecutivo habrá las secretarías de Estado que fueran necesarias, entre las cuales se distribuirán los diferentes ramos de la administración. Cada secretaría estará a cargo de un ministro, quien actuará con la colaboración de uno o más viceministros.

Entre otras funciones corresponde al Consejo de Ministros: Decretar el reglamento interno del órgano Ejecutivo y su propio reglamento, Elaborar el plan general del gobierno así como el proyecto de presupuesto de ingresos y egreso y presentarlo a la Asamblea Legislativa, Proponer a esta la suspensión de garantías constitucionales, Suspender y restablecer las garantías constitucionales si la Asamblea Legislativa no estuviera reunida.

Fuerza Armada y seguridad pública En la Constitución se establece que la Fuerza Armada es una institución permanente al servicio de la nación. Debe ser obediente, profesional, apolítica y no deliberante. La Fuerza Armada tiene por misión la defensa de la soberanía del Estado y de la integridad del territorio.

El Presidente de la República puede disponer excepcionalmente de la Fuerza Armada para el mantenimiento de la paz interna. La defensa nacional y la seguridad pública estarán adscritas a ministerios diferentes.

La seguridad pública estará a cargo de la Policía Nacional Civil, que es un cuerpo profesional, independiente de la Fuerza Armada y ajeno a toda actividad partidista.

El Órgano Judicial (OJ) Organización y elección de cargos La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de justicia del país. Es elegida por la Asamblea Legislativa de las ternas presentadas por el Consejo Nacional de la Judicatura. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia son elegidos para un período de nueve años, pueden ser reelegidos y se renuevan por terceras partes cada tres años. La Asamblea Legislativa puede destituirlos por causa previamente establecida en la ley. Tanto la elección como la destitución deberán contar con el voto favorable de por los menos los dos tercios de los diputados electos.

El presidente de Corte Suprema de Justicia, quien es a su vez el presidente del Órgano Judicial, será elegido cada tres años y será el presidente de la Sala de lo Constitucional. Asimismo, para este tribunal, la Asamblea Legislativa nombrará directamente a los cuatro magistrados restantes.

La importancia de la Sala de lo Constitucional radica en que le corresponden las funciones de tribunal constitucional: conocer y resolver los procesos de inconstitucionalidad, amparo y habeas corpus, entre otros.

Sin embargo hay que señalar que dentro de la potestad de administrar justicia, corresponde a cualquier tribunal y juzgado —en los casos en que tengan que pronunciar sentencia— declarar la inaplicabilidad de cualquier ley o disposición de otros órganos contraria a los preceptos constitucionales en los casos concretos.

Funciones Son atribuciones fundamentales de la Corte Suprema de Justicia: Dirimir conflictos entre tribunales que discuten competencia para decidir quién debe juzgar; Ordenar el curso de los suplicatorios o comisiones rogatorias que se libren para practicar diligencias fuera del Estado y mandar a cumplir las que procedan de otros países, Conceder la extradición, autorizar el cumplimiento de sentencias dictadas en el extranjero, Vigilar que todos los magistrados y jueces administren pronta y cumplida justicia, Conocer en antejuicio de las responsabilidades de los jueces de primera instancia, jueces de paz y otros que le señale la ley, Emitir informe y dictamen en las solicitudes de indulto y conmutaciones de pena. Nombra además a los magistrados de cámara, jueces de primera instancia y jueces de paz de las ternas que propone el Consejo Nacional de la Judicatura, a los médicos forenses y a los empleados de las dependencias de la Corte Suprema de Justicia; puede removerlos, conocer de sus renuncias y concederles licencias; Practica recibimientos de Abogados y autoriza para el ejercicio de su profesión, y puede suspenderlos e inhabilitarles; Elabora el proyecto de presupuesto de los sueldos y gastos de la administración de justicia, y los remite al Ejecutivo para su inclusión, pero no puede modificar el proyecto del presupuesto general del Estado, el cual deberá aprobar la Asamblea Legislativa, debiendo esta hacer consultas con la Corte Suprema de Justicia en caso de ajustes al presupuesto.

La Corte Suprema de Justicia desempeña tareas administrativas y jurisdiccionales, es decir aquellas relativas al funcionamiento de sus oficinas, y las actividades que estrictamente se refieren a impartir justicia.

Los magistrados,jueces de tribunales y juzgados desempeñan fundamentalmente funciones administrativas como la gestión de los recursos económicos que le son proporcionados por la Corte Suprema de Justicia y el control de su personal.

Instituciones gubernamentales El Ministerio Público El Ministerio Público tiene a su cargo funciones de apoyo y vigilancia al gobierno, y es ejercido por el fiscal general de la República, el procurador general de la república y el procurador para la defensa de los derechos humanos.

Estos funcionarios permanecerán tres años en el ejercicio de sus cargos, podrán ser reelegidos y deberán ser electos con el voto favorable de una mayoría calificada de los dos tercios de los diputados electos.

Fiscalía General de la República

Al fiscal general de la República corresponde, entre otras atribuciones: Defender los intereses del Estado y de la sociedad, Promover de oficio o a petición de parte la acción de la justicia en defensa de la legalidad,