El Comisionado residente es un tipo de congresista estadounidense electo que no tiene derecho al voto por representar a territorios que ni son parte de un estado ni constituyen uno, como es el caso de Puerto Rico y, previo a su independencia, el de Filipinas.

No tiene voto en las sesiones plenarias de la Cámara, pero si voz. Sin embargo gozan de las funciones y privilegios de un representante, tales como pedir información o antecedentes a cualquier institución del gobierno federal de los EE.UU., inmunidad parlamentaria, integrar y votar en las comisiones de la Cámara (salvo para las Filipinas), dieta parlamentaria y pago en los costos de viaje e iniciativa en la proposición de leyes.

Comisionado Residente de Creación - Fin Número de Comisionados Duración mandato Forma de elecciónPuerto Rico1901 a la fechauno2 años (1901), 4 años (1917)directaFilipinas1907 a 1946dos en 1907, uno desde 19352 años (1907), 3 años (1917)indirecta

Mayores detalles en: Comisionado Residente de Puerto Rico (1901 a la fecha) Comisionado Residente de las Filipinas (1907 a 1946)

Sus funciones son similares al cargo de delegado ante la Cámara de Representantes por otros territorios.

Delegado por Creación - Fin Número de Delegados Duración mandato Forma de elecciónDistrito de Columbia1871-1875 / 1971 a la fechauno2 añosdirectaGuam1973 a la fechauno2 añosdirectaIslas Vírgenes de los Estados Unidos1973 a la fechauno2 añosdirectaSamoa Americana1981 a la fechauno2 añosdirectaIslas Marianas del Norte2009 a la fechauno2 añosdirecta

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