thumb|right|250px|Hombres salvajes. Fachada del Colegio de San Gregorio, Valladolid. Junta de Valladolid (o también Controversia de Valladolid) es la denominación habitual del célebre debate que tuvo lugar desde el 15 de agosto de 1550 al 4 de mayo de 1551 en el Colegio de San Gregorio de Valladolid, dentro de la llamada polémica de los naturales (indígenas americanos o indios, término entonces usado), y que enfrentó dos formas antagónicas de concebir la conquista de América, interpretadas románticamente como la de los defensores y la de los enemigos de los indios: la primera, representada por Bartolomé de las Casas, considerado hoy pionero de la lucha por los derechos humanos; y la segunda, por Juan Ginés de Sepúlveda, que defendía el derecho y la conveniencia del dominio de los españoles sobre los indígenas, alegando que por no seguir los indígenas la ley natural (considerando los sacrificios humanos y cultos paganos), tampoco se les debía aplicar. No hubo una resolución final, aunque fue el inicio de un cambio que se tradujo en más derechos para los indígenas.

No debe confundirse esta Junta con la Conferencia de Valladolid de 1527 sobre el erasmismo.

Precedentes La Junta de Valladolid también fue parte de la más extensa polémica sobre los justos títulos del dominio de la Corona de Castilla sobre América, que se remonta a finales del , con las Bulas Alejandrinas y el Tratado de Tordesillas acordado con el Reino de Portugal, y a los recelos con que ambos documentos fueron recibidos en otras cortes europeas. Se dice que el rey Francisco I de Francia pidió retóricamente que le mostraran la cláusula del testamento de Adán en que tales documentos se basaban y que diera derecho a repartir el mundo entre castellanos y portugueses.

La consideración necesaria de los estudios y de una reflexión pública efectuada por esta Junta fue excepcional, en comparación con cualquier otro proceso histórico de formación de un imperio y estuvo en sintonía con la preocupación y la gran importancia que, desde el comienzo mismo del descubrimiento de América, la Monarquía Católica sintió siempre de mantener bajo un control paternalista a los naturales y que produjo y siguió produciendo el gran corpus legislativo de las Leyes de Indias.

El precedente en la generación anterior a la Junta de Valladolid fue la Junta de Burgos de 1512, que había asentado jurídicamente el derecho a hacer la guerra a los indígenas que se resistieran a la evangelización (para garantizarlo se estableció la lectura de un famoso Requerimiento), buscando un equilibrio entre el predominio social de los colonizadores españoles y la protección al indio, que se quiso conseguir con la encomienda. Resultado de todo ello fueron las Leyes de Burgos de 1512. Hacia 1550 se suscitó en Valladolid, España, una intensa polémica en torno a los siguientes temas: los derechos naturales de los habitantes del Nuevo Mundo, las justas causas para hacer la guerra a los indios y la legitimidad de la conquista. Esta polémica estaba inserta en el marco de una larga controversia entre los que, por un lado, eran partidarios de la libertad absoluta de los indios y de una entrada pacífica en las nuevas tierras y los que, por otro lado, apoyaban el mantenimiento de la esclavitud y el dominio despótico y propiciaban el empleo de la fuerza contra los indios del Nuevo Mundo. Si se analiza desde una perspectiva antropológico-filosófica, se advierte que lo que estaba en tela de juicio era la dignidad humana de los habitantes del Nuevo Mundo. Fray Bartolomé de las Casas y Juan Ginés de Sepúlveda son los representantes de las dos posturas que disputaron por la humanidad del indio.

Planteamiento del debate En la Junta de Valladolid la discusión partió de bases teológicas, consideradas superiores en ese contexto a las de cualquier otro saber (philosophia est ancilla theologiae).

No discurrió en torno a si los indígenas de América eran seres humanos con alma o salvajes susceptibles de ser domesticados como animales. Tal cosa hubiera sido considerada herética y ya estaba resuelta por la bula Sublimis Deus, de Paulo III (1537). Esta bula fue una contundente respuesta del papado a opiniones que ponían en entredicho la humanidad de los naturales. La bula, incitada por dos dominicos españoles, no pretendió definir la racionalidad del indígena sino que, suponiendo dicha racionalidad en cuanto que los indios son hombres, declaró su derecho a la libertad y a la propiedad y el derecho a abrazar el cristianismo, que se les debía predicar pacíficamente.

El propósito declarado de la discusión en la Junta de Valladolid era ofrecer una base teológica y de derecho para decidir cómo debía procederse en los descubrimientos, las conquistas y la población de las Indias.

Participantes En la Junta de Valladolid de 1550 los principales contendientes dialécticos fueron fray Bartolomé de las Casas y Juan Ginés de Sepúlveda. El representante papal, el cardenal Salvatore Roncieri, presidía la discusión.

Participaron, entre otros, Domingo de Soto, Bartolomé de Carranza y Melchor Cano (que para la segunda parte del debate tuvo que ser sustituido por Pedro de la Gasca, pues partió al Concilio de Trento).

No es casualidad que todos ellos fueran dominicos: la Orden de Predicadores controlaba las universidades españolas a través de las cátedras y los colegios.

Varios en esa Junta (como Soto y Cano) eran discípulos de Francisco de Vitoria, muerto cuatro años antes, en 1546. Vitoria encabezó la escuela de Salamanca (por desarrollarse en la Universidad de Salamanca).

Carranza enseñaba en el mismo Valladolid, y Sepúlveda, que había estudiado en Alcalá de Henares y en Bolonia y se había destacado por su antierasmismo, no era docente universitario, sino preceptor del propio príncipe Felipe. Fue su oposición a las Leyes Nuevas de Indias de 1542 (cuya revocación habían conseguido los encomenderos en los distintos virreinatos) lo que había provocado la vuelta a España de Bartolomé de las Casas, que era Obispo de Chiapas. Comenzó una polémica intelectual entre los dos: Sepúlveda publicó su De justis belli causis apud indios y Las Casas replicó con sus Treinta proposiciones muy jurídicas. La Junta debía resolver el conflicto.

Sepúlveda aportaba un trabajo titulado Democrates alter, en el que sostenía que los indios, considerados como seres inferiores, debían quedar sometidos a los españoles y lo completó con más argumentación escrita en el mismo sentido. La Apologética de las Casas fue el texto clave en las discusiones. Los trabajos se desarrollaron entre los meses de agosto y septiembre de 1550. La Junta quedó inconclusa y por ello volvió a convocarse el año siguiente. En la disputa no hubo resolución final. Los dos exponentes se consideraron vencedores.

Enfrentamiento de posturas Juan Ginés de Sepúlveda estaba a favor de la guerra justa contra los indios, a quienes creía seres humanos, y que era causada por sus pecados y su idolatría. De no haberlos creído seres humanos, tampoco podrían pecar y malamente podrían los españoles tener el deber de evangelización. También defendió su inferioridad, que obligaba a los españoles a tutelarlos.

Correspondió a Bartolomé de las Casas el esfuerzo de demostrar que los americanos eran seres humanos iguales a los europeos. La contribución de Domingo de Soto a esta postura fue fundamental.

En el mismo sentido que estos últimos, el espíritu intelectual que animaba el debate, aun no estando presente, era el de Francisco de Vitoria, que se había cuestionado si, desde un principio, era lícita la conquista americana. Los asistentes a la Junta pudieron tenerlo presente en sus reflexiones sobre la naturaleza de los indígenas.

Tesis de Ginés de Sepúlveda thumb|right|250px|Juan Ginés de Sepúlveda, partidario de la guerra justa contra los indios. Sepúlveda en Democrates secundus o de las justas causas de la guerra contra los indios siguió argumentos aristotélicos y humanistas que obtuvo de Palacios Rubios y Poliziano. Propuso cuatro "justos títulos" a fin de justificar la conquista:

El derecho de tutela de los indios, que implicaba su sometimiento al gobierno de los cristianos en el convencimiento que por su propio bien sujetarse a los españoles, ya que son incapaces de gobernarse a sí mismos. Ello no significaba que se los deba reducir a servidumbre o esclavitud, sino a que, por así decirlo, fueran considerados siempre menores de edad. La necesidad de impedir, incluso por la fuerza, el canibalismo y otras conductas antinaturales que practican los indígenas. La obligación de salvar a las futuras víctimas inocentes que serían sacrificadas a los dioses falsos. El mandato de evangelización que Cristo dio a los apóstoles y el papa al Rey Católico. Hacer la guerra facilitaría la prédica de la fe.

El conjunto de argumentos que utilizó es complejo. Los desarrolló en varias obras más y pueden englobarse en argumentos de razón y de derecho natural y argumentos teológicos. José Joaquín Ugarte (1994) El doctor Ginés de Sepúlveda y los justos títulos de España para conquistar América.

Los planteamientos que Sepúlveda utilizó para argumentar que la conquista española era justificada, los escribió en sus publicaciones Demócrates Alter o Diálogo de las justas causas de la guerra; la apología pro libro de Justis Belli Causis o Defensa de las justas causas de la guerra; su defensa ante la junta de Valladolid y dos cartas a Melchor Cano, donde afirmó su doctrina tergiversada. De estos escritos se desprendieron sus respectivos argumentos, que Sepúlveda explicó, por un lado los que atentaban contra la razón y el derecho natural, como la supuesta barbarie de los indios y el derecho a civilizarlos, por medio de la sumisión, se mencionaba como “servidumbre natural”, sus continuos pecados contra la ley natural que daba derecho a corregirlos y evitar sus barbaries, y por último la defensa de las víctimas que creaban los indígenas como producto de sus barbaries; y por otro lado los argumentos teológicos, que era la autorización pontificia para combatir los pecados contra la supuesta ley natural y eliminar las barreras que ponían los indios a la predicación del evangelio. Argumentos de razón y derecho natural: Sepúlveda explicó que el indio no era intrínsecamente malo sino que lo que le pervirtió fue su cultura, su entorno, por ende dijo que la "barbarie" que autorizaba la conquista tenía una connotación fundamentalmente moral. Sepúlveda dijo con esto aseveró que el fin de la conquista era la civilización y bien de los bárbaros, ya que con leyes justas y conformes a la ley natural, hacía de la vida de los indios una inserción a una vida mejor y más suave, agregando que si se rehusaba al imperio puede ser obligado por las armas, y esa guerra sería justa en virtud del derecho natural. Dentro de la misma temática con respecto a la servidumbre natural, Sepúlveda se basó en las sagradas escrituras y dijo

Sepúlveda describió aspectos de los indígenas, los cuales calificó de acciones bárbaras, como que no poseían ciencia y que eran iletrados, que no tuvieran leyes escritas, que eran caníbales, cobardes y carecían de propiedad privada, entre otros. Sin dejar de lado que eran solo connotaciones morales, el indio podía ser civilizado ya que la condición de bárbaro fue, en el pensamiento de Sepúlveda, un estado accidental superable y no una naturaleza humana distinta y por ende la posición de servidumbre del indio no fue en sí misma un estado de esclavitud sino un sometimiento político del cual podían evolucionar intelectual y moralmente si eran gobernados por una nación civilizada.