Las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT) en Zambia enfrentan desafíos significativos que no experimentan las personas que no pertenecen a estas poblaciones. La actividad sexual entre personas del mismo sexo es ilegal en el país tanto para hombres como para mujeres.
Como antigua colonia del Imperio británico, Zambia heredó las leyes y el sistema legal de sus ocupantes coloniales tras su independencia en 1964. Las leyes relativas a la homosexualidad se han mantenido prácticamente sin cambios desde entonces, y la homosexualidad está penada por las leyes de sodomía redactadas históricamente bajo la categoría de actos «contra natura», que también incluían prácticas como la zoofilia. Las actitudes sociales hacia las personas LGBT son mayoritariamente negativas y están teñidas por la percepción de que la homosexualidad es inmoral y una forma de locura. No obstante, en los últimos años, las generaciones más jóvenes han empezado a mostrar actitudes ligeramente más positivas y abiertas hacia sus pares LGBT.
Las personas pertenecientes a la diversidad sexual son víctimas de violaciones de derechos humanos por parte de la policía y las autoridades. Los hombres que son procesados por conducta homosexual son sometidos a exámenes anales forzados con fines de obtención de pruebas. Estos procedimientos son invasivos y traumáticos, y han sido ampliamente condenados por las autoridades médicas y las organizaciones de derechos humanos internacionales.
En los últimos años, la llegada de internet ha propiciado un mayor apoyo y una mejor percepción de las poblaciones pertenecientes a la diversidad sexual. La rápida digitalización del país ha permitido conocer a más personas e historias de diversos ámbitos de la vida. Esto, a su vez, ha generado actitudes más abiertas entre la juventud, reduciendo la discriminación y los prejuicios entre personas de diferentes comunidades.
Situación legal La actividad sexual entre personas del mismo sexo está prohibida por los artículos 155 y 156 del código penal de Zambia (enmendado en 1933 y derogado y sustituido por la Ley n.º 15 de 2005). La ley penaliza la conducta sexual consensual entre personas del mismo sexo, con penas de prisión de quince años a cadena perpetua por cometer actos «contra la naturaleza». La condena por el delito menor de «indecencia grave» conlleva una pena de hasta catorce años de prisión.
Delitos «contra la naturaleza» El artículo 155 («Delitos contranatura») tipifica como delito las relaciones sexuales homosexuales como un delito grave punible con penas de prisión que van desde quince años hasta cadena perpetua:
El artículo 156 impone una pena de prisión de siete años por cualquier intento de «cometer cualquiera de los delitos especificados en el artículo ciento cincuenta y cinco».
Prácticas «indecentes» El delito menor de «prácticas indecentes entre personas del mismo sexo» es «cualquier acto de indecencia grave» que un hombre cometa con otro hombre [s. 158, §(1)] o que una mujer cometa con otra mujer [s. 158, §(2)]. Estos delitos conllevan penas de prisión de entre siete y catorce años.
Aunque no se establece una pena penal específica, el artículo 158, §(3) enmendado en 2005, tiene por objeto regular cualquier contacto sexual entre menores del mismo sexo, aplicándose a:
No existe ninguna disposición legislativa similar en el código penal que cubra la conducta sexual entre menores de sexo opuesto.
Acción legal y reformas Si bien Zambia ha mantenido una postura inflexible contra cualquier forma de actividad LGBT, la ONU ha realizado varios esfuerzos para que Zambia modifique sus políticas y leyes relativas a la diversidad sexual. Sin embargo, estos esfuerzos han sido en gran medida infructuosos y Zambia ha mantenido sus políticas vigentes, las cuales han generado un entorno nacional de homofobia. El sistema de justicia no reconoce ni protege la vida de los ciudadanos LGBT, lo que ha abierto la puerta a la actividad de milicias ciudadanas contra ellos. En el informe de 2010 del Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre derechos humanos en Zambia, se afirmó que:
Zambia ha rechazado varios esfuerzos de reforma. En 2011, Zambia fue uno de los tres países que se abstuvieron de un llamado del Consejo de Derechos Humanos para preparar un informe sobre los derechos de sus ciudadanos LGBT. En un examen del EPU de 2012, Zambia rechazó las recomendaciones de derogar las leyes que penalizan las relaciones entre personas del mismo sexo. Esto siguió a una recomendación similar del EPU en su examen de 2008. En su revisión de 2018, Zambia tomó nota, es decir que rechazó, las recomendaciones para despenalizar las relaciones entre personas del mismo sexo.
Restricciones a la defensa de los derechos El gobierno nacional no permite el activismo por la defensa de los derechos de las personas LGBT. Aunque el derecho a la libertad de expresión ha sido reafirmado por tribunales locales, en su informe de 2021, la conclusión del Departamento de Estado de los Estados Unidos fue: «La libertad de expresión o de reunión pacífica en materia LGBTQI+ continúa siendo inexistente».
En 1998, en una declaración ante la Asamblea Nacional de Zambia, el vicepresidente Christon Tembo pidió el arresto de las personas que promovieran los derechos de los homosexuales, alegando la necesidad de "proteger la moral pública". El presidente Frederick Chiluba describió la homosexualidad como "antibíblica" y "contraria a la naturaleza humana". Posteriormente, el ministro del Interior, Peter Machungwa, ordenó el arresto de cualquier persona o grupo que intentara registrar formalmente un grupo de defensa de los derechos de personas homosexuales. Herbert Nyendwa, el Registrador de Sociedades, declaró que se negaría a registrar cualquier organización o grupo cívico LGBT.
Estas restricciones fueron impugnadas en los tribunales de Zambia en 2013, después de que el activista por los derechos humanos Paul Kasonkomona apareciera en un programa de entrevistas de televisión. Durante el programa, Kasonkomona pidió la despenalización de la homosexualidad en Zambia, el reconocimiento de los derechos de las minorías sexuales, y que se combatiera el contagio de VIH entre los grupos sexuales minoritarios. Después del programa, el activista fue detenido por la policía, retenido en la cárcel durante la noche y acusado de incitar al público a participar en actividades indecentes. Posteriormente, Kasonkomona fue acusado de "conducta ociosa y desordenada según el artículo 178(g) del Código Penal de las Leyes de Zambia".
Kasonkomona impugnó los cargos y en la primera instancia judicial, el Tribunal de Magistrados, el juez falló a favor del activista y declaró que sus declaraciones reflejaban un acto de libertad de expresión. No obstante, el gobierno apeló la decisión. En 2015, el Tribunal Superior emitió el dictamen en la apelación y se posicionó en contra de la afirmación del gobierno de que las declaraciones de Kasonkomona tuvieran "propósitos inmorales", ya que el activista no estaba incitando a las personas a participar en actividades del mismo sexo, sino protegiéndolas de cualquier daño. Además, el Tribunal Superior dictaminó que Kasonkomona estaba ejerciendo razonablemente su derecho a la libertad de expresión.
Reconocimiento de las parejas del mismo sexo Zambia no reconoce el matrimonio igualitario ni las uniones civiles. El artículo 27(1)(c) de la Ley de Causas Matrimoniales de 2007 establece que un matrimonio es nulo si "las partes contrayentes son del mismo sexo".
En 2006, el Ministro del Interior, Ronnie Shikapwasha, declaró que Zambia jamás legalizaría el matrimonio entre personas del mismo sexo, alegando que era un pecado que atentaba contra la condición cristiana del país. En febrero de 2010, la Conferencia Constitucional Nacional (NCC) acordó por unanimidad adoptar una cláusula que prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Protecciones contra la discriminación No existen protecciones legales amplias contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género en ámbitos como la educación, la salud, la vivienda o el empleo. Sin embargo, existen algunas protecciones legales limitadas:
La Sección 5.1(c) del Código de Ética y Disciplina: Aptitud para la práctica, 2014, emitido por el Consejo de Profesiones de la Salud de Zambia, establece que "Un profesional de la salud no deberá: (x) Discriminar en el manejo de pacientes/clientes en función del estilo de vida, cultura, creencias, raza, sexo, sexualidad, discapacidad, edad, etnia, estatus social o económico del paciente/cliente". La sección 18.0.3(c) de las Normas y Directrices sobre Tecnologías de la Información y la Comunicación, emitidas por el Ministerio de Salud en 2014, establece que "hacer comentarios o chistes de carácter étnico, sexual o de género" es considerado por el Ministerio como una actividad inapropiada en la red telefónica. La Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva del Adolescente, emitida por el Ministerio de Salud en 2015, establece que la sexualidad es un aspecto central del ser humano a lo largo de la vida y abarca el sexo, las identidades y roles de género, la orientación sexual, el erotismo, el placer, la intimidad y la reproducción. Las Directrices Consolidadas de Zambia para el Tratamiento y la Prevención de la Infección por VIH, publicadas por el Ministerio de Salud en 2022, establecen como norma que: “El centro de salud proporciona servicios de alta calidad a todos los adolescentes, independientemente de su edad, sexo, estado civil, nivel educativo, origen étnico, orientación sexual, comportamiento sexual u otras características”. La sección 2.2.1.3 de los Procedimientos Operativos Estándar para la Radiodifusión, emitidos por la Autoridad Independiente de Radiodifusión (IBA), establece que "los licenciatarios deben garantizar que el material que pueda resultar ofensivo esté justificado por el contexto. Dicho material puede incluir, entre otros, lenguaje ofensivo, violencia, sexo, violencia sexual, humillación, angustia, violación de la dignidad humana, trato o lenguaje discriminatorio (por ejemplo, por motivos de edad, discapacidad, género, raza, religión, creencias y orientación sexual)".
Condiciones de vida Las actitudes sociales de Zambia hacia la homosexualidad reflejan fuertemente la influencia de las religiones evangélicas y las actitudes históricas coloniales hacia la homosexualidad. Zambia, que posiblemente recibió el mayor número de misioneros evangélicos fundamentalistas durante la época colonial británica, tiene una amplia presencia de este tipo de adhesión religiosa fundamentalista. En 1999, por ejemplo, se formó la organización no gubernamental Zambia Contra las Personas con Actos Sexuales Anormales (ZAPASA, por sus siglas en inglés) para "combatir la homosexualidad y a los homosexuales" en Zambia.
Una encuesta de 2010 reveló que solo el 2% de los zambianos consideraba la homosexualidad como moralmente aceptable, nueve puntos por debajo de la cifra registrada en países como Uganda (11% de aceptación).
En 2013, Christine Kaseba, esposa del expresidente Michael Sata, dijo que "debe terminar el silencio en torno a los hombres que tienen sexo con hombres y nadie debe ser discriminado por su orientación sexual".
Acoso y violencia