thumb|300px|Visita de Carlos III a la basílica de San Pedro en Roma cuando era rey de Nápoles. El regalismo en España es el relato de las características específicas del regalismo en la Monarquía de España y de las políticas aplicadas por sus soberanos —los Reyes Católicos, los Austrias y los Borbones del siglo XVIII— para asegurar la superioridad del poder real respecto del papa de Roma en lo referente a los asuntos de la Iglesia católica de los dominios de su Monarquía.

El regalismo de los Reyes Católicos y de los Austrias thumb|Diego de Covarrubias, uno de los primeros regalistas españoles, retratado por El Greco. Los Reyes Católicos se propusieron aumentar el control de la Corona sobre la Iglesia para proceder a la reforma del clero, y para ello necesitaban que los obispos fueran personas honestas, austeras y formadas en las Universidades. Por ello, los reyes intentaron imponer a sus candidatos a las sedes vacantes, lo que les enfrentó al papa, que era quien los nombraba. No obstante consiguieron el llamado derecho de presentación, el privilegio según el cual los reyes presentaban al papa una serie de candidatos para que nombrase, entre ellos, al obispo. E incluso les fue concedido para algunos casos —Reino de Granada, Islas Canarias, Las Indias— el Patronato Regio, es decir, el derecho de poder nombrar directamente a los obispos de las sedes de esos tres territorios. Sin embargo, la Iglesia de la Monarquía Hispánica no alcanzó el grado de independencia del papa de Roma que la Monarquía de Francia, tal como quedó establecida en la Pragmática Sanción de Bourges de 1438 y que daría nacimiento a lo que se llamó galicanismo. "Para los galicanos, cualquier decisión de Roma, curial o papal, administrativa o doctrinal, no adquiría validez ni entrañaba aceptación obligatoria de obediencia, mientras no fuera aprobada por la iglesia francesa".

Las dos prerrogativas del derecho de presentación y el patronato regio sobre Granada, Canarias y el Imperio de América, se mantuvieron durante los dos siglos de la Monarquía de los Austrias. Y durante ese tiempo varios juristas y teólogos desarrollaron una teoría regalista que sustentara la potestad de la Corona sobre la Iglesia de sus dominios, aunque sin llegar al nivel del galicanismo. En el destacaron Juan López de Palacios Rubios, Diego de Covarrubias, Diego Álava Esquivel y Melchor Cano, y en el Francisco Ramos del Manzano, Francisco Salgado de Somoza, y Pedro Frasso, defensor del patronato regio en la Real Audiencia de Charcas y autor de un extenso tratado sobre la materia, De Regio Patronato ac aliis nonullis Regalius Regibus Catholicis, in Indiarum Occidentalium Imperio pertinentibus (1679), en defensa del patronato regio en la América española.Eichmann Oehrli, A., «Votos a favor del regalismo en el alto clero charqueño (siglo XVII)». Alpha (Osorno), 2011, (33), pp. 245-256.

Un precedente importante de las reclamaciones regalistas del XVIII frente a la Santa Sede se encuentra en el Memorial que, en 1633, presentaron en Roma en nombre de Felipe IV el obispo de Córdoba Pedro Pimentel y el consejero de Castilla Juan de Chumacero, en el que reclamaban contra los abusos de la intervención del papa en el interior de la Monarquía Católica.Memorial dado por don Juan Chumacero y Carrillo y D. Fr. Domingo Pimentel a Urbano VIII, año de MDCXXXIII de orden y en nombre de Phelipe IV sobre los excessos que se cometen en Roma contra los naturales de estos reynos de España, y la respuesta que entregó Monseñor Maraldi.

El regalismo del Según Antonio Mestre y Pablo Pérez García, "resulta evidente la fuerza del regalismo español a lo largo del siglo XVIII. La corriente hispana, que venía desde los Reyes Católicos y los Austrias, con representantes intelectuales de gran importancia, se vio incrementada con la afluencia de nuevas ideas y planteamientos procedentes de Europa. El influjo galicano resulta evidente. Desde Bossuet a Febronio o Pereira, pasando por Van Espen, fue ésta una corriente impetuosa que, acompañada de un episcopalismo regalista, influyó poderosamente en la evolución del pensamiento y de la práctica política española".

Felipe V y los "concordatos" de 1717 y 1737 250px|left|thumb|Clemente XI en una moneda. El primer conflicto con la Santa Sede del reinado de Felipe V se produjo en plena Guerra de Sucesión Española cuando el papa Clemente XI el 15 de enero de 1709 reconoció como rey al otro pretendiente a la Corona el Archiduque Carlos, presionado por el ejército imperial que había sitiado Roma tras derrotar al ejército borbónico francés en el norte de Italia. La respuesta de Felipe V fue expulsar de la corte de Madrid al nuncio papal Antonio Félix Zondadari el 10 de marzo. Poco después, el 22 de abril de 1709, Felipe V promulgaba un decreto por el que se reconocía la independencia de hecho de los obispos españoles respecto a Roma al establecer que en el procedimiento de las causas eclesiásticas se volviera al uso «que tenía antes que hubiese en estos reinos nuncio permanente». Así, los obispos tendrían que ejercitar su jurisdicción sobre «lo que cabe en su potestad», tanto en materia de dispensas como de justicia, de los que antes de la ruptura se ocupaba la curia romana.

La ruptura con el papa y el decreto posterior provocaron las protestas de la jerarquía católica española más antirregalista. El cardenal Portocarrero, Alonso de Monroy, arzobispo de Santiago, y el cardenal Belluga, obispo de Murcia, enviaron sendos escritos al rey, el último de ellos en forma de un contundente Memorial Antirregalista, que no vería la luz pública en Roma hasta la década de 1740. En todos ellos aparecen las ideas propias de la corriente antirregalista: "un antiepiscopalismo radical, pues, a su juicio, las reivindicaciones episcopales constituyen un peligro para la Iglesia; predominio del centralismo romano y exaltación del poder pontificio; temor al regalismo que consideran un peligro de cisma; inmunidad de los privilegios eclesiásticos, apoyados por Roma, y que consideran básicos para la conservación del catolicismo en España y rechazo de cualquier atisbo de secularización que pudiera expresar la autonomía del poder político".

Pero la ruptura también movilizó a los regalistas, empezando por el obispo Francisco Solís que escribió un Dictamen que de Orden del Rey dio el Illmo. Sr. D. Francisco Solís, Obispo de Córdoba y Virrey de Aragón en el año 1709 sobre los Abusos de la Corte Romana por lo tocante a las Regalías de S.M. y Jurisdicción que reside en los Obispos, en el que defendió la independencia de los obispos respecto de Roma, al ser consagrados iure divino, lo que les permitía convocar concilios —siguiendo, pues, los principios del episcopalismo y del conciliarismo—, y señalando además al centralismo romano como la principal causa de la decadencia de la Iglesia. Así propone, siguiendo el ejemplo de los Concilios de Toledo de la época visigoda, que el rey convoque un concilio de todos los obispos españoles que apruebe las medidas necesarias para llevar a cabo la reforma eclesiástica. Con esta última propuesta, Solís defiende seguir el ejemplo del galicanismo y en su escrito alaba la Pragmática Sanción de Bourges:

thumb|Melchor Rafael de Macanaz, aparece retratado con el plano de la Colonia de San Felipe que se tenía que edificar sobre la destruida Játiva. El rey francés Luis XIV medió en el conflicto y consiguió reunir en París a un representante del papa y a un representante de su nieto Felipe, Rodrigo de Villalpando, futuro marqués de la Compuesta, quien recibió una instrucciones estrictas redactadas por el recién nombrado fiscal del Consejo de Castilla Melchor de Macanaz, un declarado regalista. El documento recibió el nombre de Pedimento y constituye uno de los documentos capitales del regalismo hispano. En él Macanaz defiende que en el campo de la «fe y de la religión se debe ciegamente seguir la doctrina de la Iglesia» pero que en los aspectos temporales el poder civil tiene plena autonomía —una propuesta muy cercana al modelo de la Iglesia galicana—. Sin embargo, el Pedimento, entre otras razones, le acabaría costando el destierro a Macanaz pues fue denunciado ante la Inquisición y perdió la protección del rey al caer su principal valedora en la corte la princesa de los Ursinos a causa de la llegada de la nueva reina Isabel de Farnesio. Como han señalado Antonio Mestre y Pablo Pérez García, con el destierro de Macanaz "la corriente regalista sufría un terrible golpe, pero también desaparecía un proyecto reformista de largo alcance. Porque Macanaz pretendía una reforma de la enseñanza universitaria muy renovadora y ambiciosa... y el control del tribunal del Santo Oficio de la Inquisición por parte del gobierno civil".

El nuevo equipo de gobierno propiciado por la reina Isabel de Farnesio y encabezado por Julio Alberoni propició el acercamiento a Roma y así se llegó a un acuerdo provisional conocido como el "concordato de 1717". En el mismo el papado recuperaba su situación jurídica anterior a 1709 a cambio del pago de 150 000 ducados anuales procedentes de las rentas eclesiásticas para la lucha contra el turco —y Alberoni fue nombrado cardenal—. Sin embargo, "los grandes problemas planteados por Solís o Macanaz quedaron marginados".

Cuando en virtud del Tratado de Sevilla de 1729, el infante don Carlos, varón primogénito del segundo matrimonio de Felipe V con Isabel de Farnesio, recibió el reino de Nápoles volvió a producirse la ruptura con la Santa Sede, porque ésta puso en cuestión la validez del Tratado de Sevilla alegando que Nápoles era un feudo del papa. El conflicto de fondo, sin embargo, residía en la reivindicación del Patronato Universal —es decir, extender a todos los dominios de la Monarquía de Felipe V el patronato regio que ya detentaba sobre Granada, Canarias y Las Indias—, propuesta impulsada por el nuevo equipo regalista encabezado por el recién nombrado Gobernador del Consejo de Castilla, el obispo de Málaga Gaspar de Molina y Oviedo, y por el nuevo embajador en Roma, el cardenal Acquaviva, y que contaban con el apoyo de José Patiño el principal ministro del rey. Cuando la Curia romana rechazó la creación en agosto de 1735 de la Junta de Real Patronato, cuya finalidad era impulsar la incorporación a la Corona de iglesias y patronatos, los breves papales fueron "secuestrados" por orden del obispo Molina que impuso así el exequatur —que ninguna orden papal tenía validez en los dominios de la Monarquía de España sin el refrendo de su soberano—. La solución final al conflicto fue la firma del nuevo "concordato de 1737", en el que se produjeron avances en la línea del regalismo —y el obispo Molina, como Alberoni, fue nombrado cardenal—: "quedaba regulado el derecho de asilo eclesiástico; la Iglesia controlaría el número de clérigos y se propondría la reforma del clero por medio de los obispos... y Roma cedió con un nuevo gravamen sobre los bienes eclesiásticos". Sin embargo, la cuestión fundamental del Patronato Regio y del control de los beneficios eclesiásticos fue aplazado para ser discutido más adelante, aunque el obispo-cardenal Molina lo consideró un éxito pues quedaba la «puerta abierta» para que la Junta de Real Patronato continuara actuando sobre la cuestión del control de los beneficios eclesiásticos. En 1737 en una investigación realizada por el abad de Vivanco este encontró 30 000 beneficios eclesiásticos que escapan al patronato real en beneficio del papa.

Fernando VI y el Concordato de 1753: el «mayor triunfo del regalismo español» thumb|El ilustrado valenciano Gregorio Mayans.